Es en el mes de diciembre cuando hay que presentar el alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) para aquello sujetos pasivos que estén obligados a tributar por el IAE.
Las sociedades que deben estar dadas de alta en este impuesto son aquellas cuya cifra de negocios supere el millón de euros y que sea su tercer año de actividad ya que los dos primeros ejercicios están exentos de tributación de este impuesto.
Todos los demás, autónomos, sociedades que no alcanzan el millón de euros de facturación o que alcanzándolo, no están en su tercer año de actividad, están exentos de este impuesto.
Lo normal es que esa cifra se alcance pasados unos ejercicios desde el comienzo de la actividad, por lo que será en este mes de diciembre cuando haya que darse de alta. Esta alta se hace a través del modelo 840.
En el ejercicio actual, se declara que se ha superado el 1.000.000 € en el ejercicio inmediatamente anterior y por el que se tributará en el siguiente al que se presente el modelo 840. Es decir, este mes de diciembre, se presentará el modelo 840 si en el ejercicio 2020 se alcanzó la cifra de 1.000.000 en la cifra de negocios y por el que se pagará en 2022.
De igual manera si se baja de ese 1.000.000 habrá que dar la baja en el mismo mes diciembre con el mismo modelo 840.
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